Los puestos de trabajo para personal funcionario vacantes en las RPT pueden ser desempeñados por personal laboral fijo

7/06/2019

SERVICIOS DE PREVENCIÓN – PERSONAL LABORAL

 

Los puestos de trabajo para personal funcionario vacantes en las RPT pueden ser desempeñados por personal laboral fijo

 

Con efectos desde 1 de abril de 2019 la CECIR aprobó la Resolución por la que se dictan Instrucciones que regulan la creación y modificación de los puestos de trabajo de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, siendo su ámbito de aplicación los Departamentos Ministeriales y Organismos Públicos vinculados o dependientes, que tengan adscritos personal funcionario o estatutario y personal laboral.

 

   Estas  instrucciones introducen como novedades más importantes    las siguientes:

·        Los puestos de trabajo para personal funcionario que se encuentren “vacantes” podrán ser desempeñados por personal laboral fijo.

·        El personal laboral que pase a desempeñar puestos de trabajo en los servicios de prevención, tendrá la consideración de personal laboral no acogido a convenio.

·        Se establecen las equivalencias de las titulaciones, y la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones.

·        Todo ello de acuerdo a lo establecido en el RD 67/2010, de adaptación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado. 

     Si deseas acceder a la resolución de la CECIR, contacta con nosotros.

 

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